El pasado 14 de febrero de 2025 el Gobierno Nacional profirió el Decreto 175 de 2025, mediante el cual se adoptan medidas tributarias extraordinarias para financiar los gastos derivados del Estado de conmoción interior decretado en la región del Catatumbo, el área metropolitana de Cúcuta y los municipios de Rio de Oro y González en el Departamento del Cesar. Estas medidas buscan garantizar recursos adicionales para establecer el orden público y atender la crisis humanitaria en estas zonas.
Principales disposiciones del Decreto
• IVA para juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet. Los juegos de azar en línea, operados tanto desde el territorio nacional como desde el exterior, estarán sujetos al Impuesto al Valor Agregado – IVA. La base gravable será el valor del depósito en dinero realizado por los apostadores.
• Impuesto especial para el Catatumbo. Se crea un tributo temporal sobre la extracción y venta de hidrocarburos y carbón. Este impuesto se aplicará tanto en la primera venta dentro del territorio nacional como en su exportación.
• Modificación transitoria del Impuesto de Timbre. Se establece una tarifa del 1% para los instrumentos públicos y documentos privados que constaten la constitución, modificación o extinción de obligaciones.
• Destinación de los recursos. Los impuestos recaudados serán utilizados exclusivamente para financiar el fortalecimiento de la Fuerza Pública, la atención humanitaria y la ejecución de proyectos sociales y de infraestructura en las zonas afectadas.
¿Cómo afecta este Decreto a los empresarios?
Empresas del sector minero – energético deberán considerar el nuevo impuesto al momento de realizar ventas nacionales y exportaciones de hidrocarburos y carbón, lo que implicará una revisión de sus estructuras de costos, precios y proyecciones financieras. Además, el cumplimiento de esta obligación requerirá ajustes en los procesos contables y administrativos para evitar sanciones y optimizar la carga fiscal.
Personas naturales y jurídicas que realicen actos jurídicos gravados por el Impuesto de Timbre deberán calcular y pagar el 1% adicional, lo que puede impactar significativamente las transacciones de bienes inmuebles, contratos y demás documentos legales sujetos a este tributo. Se recomienda una planificación tributaria adecuada para mitigar efectos financieros no previstos.
Impacto en la competitividad y la inversión
Las medidas fiscales establecidas en el Decreto 175 de 2025 pueden generar un impacto significativo en la competitividad empresarial y la inversión extranjera en Colombia. El incremento en la carga tributaria para sectores estratégicos como el minero-energético podría influir en la toma de decisiones de los inversionistas. Adicionalmente, estas modificaciones pueden afectar el costo de operación de empresas locales, lo que hace necesario un análisis detallado de estrategias para mitigar su impacto.
Este decreto impone medidas tributarias transitorias pero de alto impacto para diversos sectores económicos. Las empresas deben revisar cómo estas disposiciones afectan sus operaciones y cumplir con los nuevos tributos para evitar sanciones.