La Corte Constitucional, mediante la Sentencia C-206 de 2025, de la cual hasta ahora solo conocemos un extenso comunicado de prensa, declaró inexequible un fragmento del artículo 56 de la Ley 1450 de 2011 que permitía a los operadores de internet ofrecer planes diferenciados según perfiles de consumo, bajo el entendido de que ello no implicaba discriminación. En la práctica, esta disposición habilitaba los llamados planes zero rating, es decir, ofertas donde ciertas aplicaciones podían usarse sin consumir datos del plan. La Corte concluyó que dicha autorización vulneraba el principio de neutralidad de la red, al introducir tratos diferenciados entre contenidos y servicios.
Según el comunicado oficial, la neutralidad de la red es un principio autónomo y fundamental para garantizar derechos como la libertad de expresión y el pluralismo informativo en el entorno digital. Por tanto, favorecer el acceso gratuito a ciertas plataformas y no a otras constituye una discriminación que afecta la igualdad en el acceso a la información en Internet. La decisión no tiene aplicación inmediata: el fallo dispuso diferir sus
efectos por un año contado desde la publicación de la sentencia. Esto da un plazo para que los operadores, el Congreso y el Gobierno adapten sus políticas comerciales y regulatorias.
El debate público y la perspectiva de competencia
La sentencia ha desatado un amplio debate en medios y redes sociales. Críticos de la decisión argumentan que podría perjudicar a los usuarios de menores ingresos que hoy dependen de las apps gratuitas para conectarse. En Colombia, millones de usuarios solo acceden a internet a través de las aplicaciones que su operador no les cobra en datos. Esto significa que estas personas se han conectado principalmente por WhatsApp, Facebook, Instagram u otras aplicaciones incluidas sin consumo, sin posibilidad de utilizar libremente el resto de la web.
Empresas del sector también han advertido que eliminar estas promociones podría reducir la penetración de internet móvil en los estratos bajos. No obstante, los defensores del fallo consideran que el zero rating perpetuaba brechas de información, favorecía a plataformas dominantes y limitaba el libre acceso a la totalidad de servicios digitales.
Lecciones internacionales: India, Chile y la Unión Europea
La decisión de la Corte colombiana se alinea con una tendencia global en defensa de la neutralidad de la red. En India, la autoridad reguladora prohibió el zero rating en 2016, tras un intenso movimiento ciudadano. En Chile, el regulador declaró que esta práctica violaba la legislación vigente sobre neutralidad. En ambos casos, la eliminación del zero rating impulsó una mayor competencia basada en calidad de servicio y no en alianzas comerciales con ciertas plataformas. En la Unión Europea, varios países prohibieron estas ofertas para salvaguardar la competencia y la igualdad en el acceso a contenidos.
Escenarios competitivos tras el fin del zero rating en Colombia
Con la entrada en vigor de la sentencia en 2026, el mercado colombiano podría experimentar transformaciones importantes. Es previsible que los operadores revisen sus estrategias comerciales, pasando de ofrecer aplicaciones gratuitas a competir con mayores volúmenes de datos o planes personalizados. También podría aumentar la competencia en atributos como calidad de red, cobertura o servicio al cliente. En este contexto, la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) deberá establecer reglas claras para evitar favoritismos, garantizar la libre elección del usuario y preservar el acceso plural a internet.
Conclusión
La sentencia C-206 de 2025 de la Corte Constitucional representa un punto de inflexión regulatorio, ya que refuerza el principio de neutralidad de la red en Colombia declarando inadmisibles las estrategias de zero rating tal como se venían implementando. A corto plazo, la decisión ha generado inquietudes sobre su impacto en la base de usuarios de menores ingresos y ha abierto un debate necesario sobre si la solución a la brecha digital pasa por respetar la neutralidad o por otras medidas de política pública (o ambas).
No obstante, la experiencia internacional y los argumentos jurídicos y económicos analizados sugieren que la protección de una internet abierta y
neutral puede, a la larga, fomentar una mayor competencia e innovación, obligando a los actores del sector a centrarse en mejorar sus servicios para
todos los usuarios por igual.
En 2026, cuando la prohibición entre a regir plenamente, el ecosistema digital colombiano seguramente estará listo para evolucionar hacia nuevas formas de competencia más equilibradas. En ese proceso de transición regulatoria –lleno de retos técnicos, comerciales y jurídicos– será crucial contar con una interpretación experta y un acompañamiento cercano para cumplir con las nuevas reglas y, al mismo tiempo, aprovechar las oportunidades de negocio que emerjan en el nuevo entorno.